
La Contraloría General de la República concluyó que se ajustó a derecho la relocalización de dos centros de cultivo de Cooke Aquaculture desde el Parque Nacional Laguna San Rafael hacia el interior del Estero Cupquelán, en la Región de Aysén.
Revise el dictamen completo de Contraloría aquí.
El pronunciamiento responde a una presentación realizada por Peter Hartmann Samhaber, presidente de la Agrupación Social y Cultural Aisén Reserva de Vida, quien solicitó revisar la legalidad de la Resolución N° 2.488 de 2023 de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, mediante la cual se resolvió el proceso de relocalización de ambas concesiones.
Uno de los principales cuestionamientos apuntaba a que los centros habrían sido trasladados a un sector de interés turístico, condición que impediría su relocalización. Sin embargo, Contraloría estableció que el área corresponde a una «zona preferencial para el turismo», categoría que no excluye otros usos.
De acuerdo con la Memoria de Zonificación del Borde Costero de la Región de Aysén, estas zonas están orientadas preferentemente al desarrollo y conservación de determinadas funciones territoriales, pero permiten otras actividades siempre que cumplan los criterios de compatibilidad establecidos.
Por ello, el organismo determinó que la acuicultura no se encuentra prohibida en el sector de Estero Cupquelán donde fueron emplazadas las concesiones.
Entre los cuestionamientos planteados se encontraba además la eventual ubicación de las concesiones en una zona de restricción. Contraloría precisó que, aunque la zonificación contempla un sector denominado Estero Cupquelán bajo esa categoría, los dos centros relocalizados no se encuentran dentro de esa área específica, sino en la zona preferencial para el turismo, donde pueden coexistir otros usos bajo criterios de compatibilidad.
Autorización ambiental vigente
El organismo también examinó la vigencia de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N° 206 de 2014, considerando que la legislación establece su caducidad cuando transcurren más de cinco años sin que se haya iniciado la ejecución del proyecto.
Al respecto, Contraloría señaló que la Superintendencia del Medio Ambiente, mediante una resolución de 2021, tuvo por acreditado el inicio de la ejecución del proyecto. En consecuencia, determinó que la RCA se encontraba vigente cuando se autorizó la relocalización.
El recurrente también invocó el artículo 67 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, que impide otorgar nuevas concesiones en sectores definidos como incompatibles con esta actividad. Contraloría descartó su aplicación al caso, debido a que el sector hacia el cual fueron trasladados los centros no está definido como incompatible con la acuicultura.
De esta forma, el organismo concluyó que «no se advierte reproche de legalidad» respecto de la Resolución N° 2.488 de 2023 de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas. El acto administrativo, además, ya había sido sometido al trámite de toma de razón por la propia Contraloría en diciembre de ese año.

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