
La superintendenta aclaró que la fiscalización a la industria sigue una línea constante y no busca frenar la inversión.
La Superintendenta del Medio Ambiente, Marie Claude Plumer, negó que haya existido un cambio de criterio en la fiscalización de la industria salmonera, desestimando las acusaciones de que la entidad que dirige obstaculiza la inversión y el crecimiento económico del sector. En entrevista con El Mercurio, aseguró que la fiscalización de los centros de engorda de salmones (CES) responde a un proceso progresivo comenzado de forma preliminar el año 2015, y no a una nueva estrategia implementada en los últimos años. «No hay un giro de la fiscalización en materia acuícola», afirmó Plumer.
Según explicó la superintendenta, la fiscalización de proyectos acuícolas involucra más de 2.000 unidades sujetas a Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA), lo que ha requerido la implementación de herramientas tecnológicas como el uso de imágenes satelitales. «La mirada tradicional de una fiscalización en terreno es muy inviable, no solamente por los costos que implica, sino por la posibilidad de llegar a las 2.000 unidades», detalló.
Datos
Desde la empresa Cooke Aquaculture, han sostenido que la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) ha intensificado su acción fiscalizadora de manera injustificada. Según datos de la propia SMA, en 2024 se realizaron 1.800 fiscalizaciones a CES en materias de posicionamiento y producción, cifra superior a las 1.200 de 2021 y a las 43 registradas en 2020 durante la pandemia.
Un informe del ex superintendente Cristóbal de la Maza, publicado en noviembre de 2023, indicaba que desde 2019 la SMA pasó de operar bajo una lógica de deferencia administrativa a una posición más proactiva, aumentando significativamente las fiscalizaciones y formulaciones de cargos. Sin embargo, Plumer rechazó la idea. «No ha habido un cambio de criterio respecto a la fiscalización. La consecuencia es un trabajo constante, continuo, permanente, bajo una línea que se ha mantenido, no obstante los cambios de administración», enfatizó.
Ética
Cooke Aquaculture ha acusado a la SMA de actuar de manera «éticamente indebida» y de impedir su operación en el centro de cultivo Huillines 3, ubicado en la Región de Aysén. La compañía sostiene que la superintendencia ha desconocido un acuerdo suscrito con el gobierno en 2023, el cual garantizaba la continuidad de sus operaciones mientras se tramitaba la relocalización de la concesión. En respuesta a estas críticas, Plumer fue categórica: «La ética es un concepto filosófico y esta es una institución pública. Las instituciones públicas están referidas a un marco normativo, legal, y ese es nuestro ámbito de ejercicio y de actividad».
Sobre la presunta influencia de las ONG en las decisiones de la SMA, la superintendenta recalcó que estos organismos, al igual que cualquier denunciante, son titulares de intereses. «Nosotros tenemos que hacer un rol de imparcialidad cuando ejercemos la fiscalización», afirmó, agregando que «a veces somos aplaudidos por un grupo, pero a veces no somos aplaudidos por el resto».
Tercer Tribunal Ambiental
El conflicto entre Cooke y la SMA llegó al Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia, donde la empresa presentó una reclamación contra la Resolución Exenta N.º 2356, emitida por la SMA en diciembre de 2024. Esta medida paralizó la siembra del centro de cultivo Huillines 3, argumentando que la instalación se encuentra dentro del Parque Nacional Laguna San Rafael y que ha operado con una producción superior a la permitida (más allá de las 125 toneladas indicadas en el proyecto técnico presentado a Sernapesca).
Cooke, en tanto, sostiene que la medida es arbitraria y que su centro de cultivo no está dentro del área protegida. La compañía agrega que la SMA ha infringido directamente el deber de objetividad, al ocultar antecedentes del expediente administrativo favorables a la empresa.
A ello, añade que la operación del centro de cultivo Huillines 3, no supone la producción de algún riesgo o peligro inminente al medio ambiente. Asegura que la SMA actuó con falta de objetividad y que su resolución desconoce los pronunciamientos de las autoridades sectoriales. Además, que los proyectos técnicos, cuando la actividad no está autorizada por una RCA, no constituyen máximos productivos, como lo interpreta la SMA.
Frente a la consulta sobre si el rol fiscalizador de la SMA puede afectar la inversión en la industria, Plumer respondió que «una actividad, como cualquiera, tiene que someterse a las reglas del juego, que es el cumplimiento normativo». En ese sentido, enfatizó que el trabajo del organismo no busca frenar la actividad productiva, sino garantizar el cumplimiento de la normativa ambiental vigente.