
La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) inició un procedimiento de requerimiento de ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), en contra del titular Sociedad de Cultivos Crosam Ltda., por la ejecución de su proyecto CM RNA 102375, ubicado en la comuna de Puerto Montt, Región de Los Lagos. El inicio de este procedimiento tiene como objetivo recabar antecedentes que permitan determinar si corresponde o no exigir el ingreso a evaluación ambiental.
El proyecto corresponde a un centro de cultivo de mitílidos, en particular, de la especie Mytilus Chilensis, conocida coloquialmente como “choritos”.
El caso se originó por una denuncia realizada por el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (SERNAPESCA), que informaba sobre la producción de mitílidos superior a 300 toneladas, sin haber ingresado al SEIA. Frente a lo anterior, la Oficina Regional de Los Lagos realizó una fiscalización ambiental al proyecto, que consideró un análisis documental de la información remitida por la autoridad pesquera, así como de aquella disponible en la página web de esta entidad.
Consideraciones
Como resultado de estas actividades de fiscalización, la SMA inició el procedimiento de requerimiento de ingreso al SEIA, considerando que este centro de cultivo de mitílidos se desarrolla a través de sistemas de producción extensivos, en aguas marítimas, que contemplan una producción anual mayor a 300 toneladas, superando el límite del mencionado en el literal n) del artículo 10 de la Ley N°19.300, desarrollado en el subliteral n.2) del artículo 3° del Reglamento del SEIA, por lo que debe contar con permiso ambiental.
La jefa de la Oficina Regional de la SMA en Los Lagos, Ivonne Mansilla, enfatizó que “la normativa es clara respecto a los límites de producción que deben tener los centros de cultivos de mitílidos para ser considerados de carácter industrial; por lo mismo, corresponde iniciar este procedimiento de ingreso al SEIA, dado que el titular debería operar con el permiso ambiental respectivo”.
La empresa dispone de 22 días hábiles, contados desde la fecha de notificación, para presentar las observaciones, alegaciones o pruebas que estime pertinentes frente a la hipótesis de elusión de la evaluación ambiental.
Más información sobre este requerimiento en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA): https://snifa.sma.gob.cl/

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